El pedimento de importación es uno de los protocolos de seguridad más comunes del proceso de importación y exportación de mercancías en México, consistente en un documento que comprueba la estancia legal de tales artículos y permite llevar un estricto control de los productos que han de introducirse en el país.
A través de este documento oficial se da a conocer a las autoridades correspondientes sobre la existencia de una determinada mercancía, lo que se pretende hacer con ella y el cumplimiento en el pago de aranceles y/o permisos de aduana necesarios, estipulando todos sus pormenores y características para ser verificadas legalmente.
Básicamente, hay seis elementos esenciales a los que debes poner atención en un pedimento de importación:
- Código de barras otorgado a la mercancía en cuestión.
- El número de pedimento de importación que le será dado por las autoridades aduanales.
- Los datos del vehículo que transporta los artículos.
- Los candados oficiales.
- El tipo de mercancía.
- La cantidad de unidades de comercialización y las de tarifa, basadas en una unidad de contabilidad otorgada por la autoridad correspondiente.
Recuerda que siempre debes conservar y portar el pedimento de importación cuando transportes productos.
Impuestos que pueden causarse con motivo de la importación
Todas las mercancías que ingresen o salgan de México están sujetas al pago de impuestos y, en su caso, al cumplimiento de regulaciones y restricciones no tributables, los que se verifican de acuerdo con su fracción arancelaria.
La fracción arancelaria de una mercancía emana del Sistema Armonizado de Codificación y Designación de Mercancías, que pretende ser una clasificación uniforme de mercancías para el comercio internacional, en donde un artículo podrá ser catalogado y reconocido en cualquier parte del mundo sin importar el idioma ni el país.
Los impuestos que pueden causarse con motivo de la importación son las siguientes:
- Impuesto General de Importación (IGI/arancel)
- Impuesto al Valor Agregado (IVA)
- Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN)
- Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
- Derecho de Trámite Aduanero (DTA)
- Derecho de Almacenaje
Es importante que recuerdes que la base gravable sobre la que se calcula el IVA no sólo incluye el valor de la mercancía, especificado en la factura de tu proveedor, sino que también todos los incrementables, tales como fletes, el DTA y el IGI, por lo que el monto puede variar dependiendo del tipo de producto y del país de origen. Los tratados de libre comercio pueden disminuir o eliminar este porcentaje.
Asimismo, según la Ley Federal de Derechos, se pagará el derecho de trámite aduanero por las operaciones que se efectúen utilizando un pedimento de importación en los términos de la Ley Aduanera, conforme a las siguientes tasas:
- Del 8 al millar sobre el valor que tengan los bienes para los efectos del impuesto general de importación, salvo cuando se trate de mercancías exentas conforme a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación o a los Tratados Internacionales.
- Del 1.76 al millar sobre el valor que tengan los bienes, tratándose de la importación temporal de bienes de activo fijo que efectúen las empresas que tengan programas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía.
Si la factura está en moneda extranjera, debes prever el tipo de cambio al momento del ingreso al país, porque el valor en pesos en la aduana estará condicionado a esta variable. Si calculas mal estos impuestos, te faltará flujo de efectivo para liberar la totalidad de tus productos de la aduana, lo que se traducirá en pérdida de tiempo y dinero por esos días adicionales.